Ley Federal del Trabajo
Título Séptimo - Relaciones Colectivas de Trabajo
Capítulo I - Coaliciones

Última Reforma DOF 18-05-2022Descarga el documento en versión PDF
Artículo 354

La Ley reconoce la libertad de coalición de trabajadores y patrones.

Artículo 355

Coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes.